Lluvia Andrea “N” y Edgar Fernando “N”, elementos de la Comisaría de la Policía de Guadalajara, fueron vinculados a proceso por abuso de autoridad y delitos cometidos en la administración de justicia y en otros ramos del poder público.
En audiencia inicial, el Juez Octavo de Control y Oralidad, Raúl Valdez Arredondo, resolvió su vinculación a proceso por abuso de autoridad que comete el servidor público que ejecute actos atentatorios de los derechos humanos de las personas y por delitos cometidos en la administración pública y en otros ramos del poder público, al “ejecutar actos, o incurrir en omisiones, que produzcan un daño o concedan una ventaja indebida a los interesados” y “procurar la impunidad de los delitos o faltas de que tenga conocimiento en el ejercicio de sus funciones o abstenerse de hacer denuncia de ellos”, de conformidad con el Código Penal del Estado Libre y Soberano de Jalisco.
El 20 de junio de 2020, Lluvia Andrea “N” y Edgar Fernando “N” acudieron como primeros respondientes a atender un reporte de robo en un establecimiento comercial. Al arribar encontraron a una mujer que fue detenida por los elementos de seguridad del negocio pues pretendía salir sin pagar varios objetos que cargaba.
Los elementos de la Policía de Guadalajara informaron que hicieron una llamada telefónica para solicitar mando y conducción del Ministerio Público estatal quien supuestamente les dijo que no procedía el traslado, porque no existía robo ni ningún delito que perseguir, por lo que decidieron dejar en libertad a la mujer una vez que fue devuelta la mercancía.
Sin embargo, el área jurídica de la empresa decidió presentar una denuncia ante la Fiscalía Especializada en Combate a la Corrupción donde se abrió una carpeta de investigación y el Ministerio Público encabezó las investigaciones que permitieron presentar a los policías ante el Juez pues no se pudo confirmar que hayan realizado la llamada para solicitar mando y conducción del MP estatal.
Además, de acuerdo al Protocolo Nacional del Primer Respondiente, si prevé la negativa de recibir al detenido por parte del MP se les obliga a seguir con el mismo. Los elementos de seguridad están obligados a detener a quienes cometan un delito flagrante y realizar el registro de la detención. Es decir que, aunque no se coordinaron con el MP, debieron presentar a la mujer, no dejarla en libertad.
En la misma audiencia inicial en la que fueron vinculados a proceso, la defensa solicitó la suspensión condicional del proceso, beneficio previsto en el Código Nacional de Procedimientos Penales, que les fue concedida.
El juez les impuso como condiciones que deberán cumplir durante los próximos seis meses: tomar un curso en Derechos Humanos, residir en el mismo domicilio proporcionado al juzgado y presentarse a firmar de manera periódica.
Asimismo, se acordó que deberán aportar entre ambos $8,000 pesos al área de Cancerología del Hospital Civil de Guadalajara, como reparación del daño a la sociedad.