EN JALISCO CONFECCIONAN Y ADECÚAN ARTICULADOS AL MARCO LEGAL ELECTORAL

Por: Redacción/ TEN/ Política

Durante una reunión de trabajo en la Comisión de Puntos Constitucionales y Electorales que preside el diputado local panista, Jorge Antonio Chávez Ambriz, fueron aprobados, el dictamen que emite voto favorable a la minuta con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan los artículos 38 y 102 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de suspensión de derechos para ocupar cargo, empleo o comisión del servicio público.

 

Es decir, las personas no podrán ser registradas como candidatas a cualquier cargo de elección popular, ni ser nombradas para empleo, cargo o comisión en el servicio público, por los siguientes supuestos: por estar prófugo de la justicia, desde que se dicte la orden de aprehensión hasta que prescriba la acción penal; por sentencia ejecutoria que imponga como pena esa suspensión, y por tener sentencia firme por la comisión intencional de delitos contra la vida y la integridad corporal; contra la libertad y seguridad sexuales, el normal desarrollo psicosexual; por violencia familiar, violencia familiar equiparada o doméstica, violación a la intimidad sexual; por violencia política contra las mujeres en razón de género, en cualquiera de sus modalidades y tipos; así como por ser declarada como persona deudora alimentaria morosa.

 

También fue avalado el dictamen que emite voto favorable a la minuta con proyecto de decreto por el que reforman los artículos 55 y 91 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de edad mínima para ocupar un cargo público, para que a partir de los 18 años pueda ser candidato cualquier mexicano; y para ser secretario del Despacho se requiere ser ciudadano mexicano por nacimiento, estar en ejercicio de sus derechos y tener veinticinco años cumplidos.

 

En este mismo tema, también podrán jaliscienses ser candidatos a diputados a partir de los 18 años al día de la elección.

De la misma manera, avalaron cambios al Código Electoral del Estado de Jalisco, donde se incluye el derecho y la posibilidad de que las personas con discapacidad sean electas, lo que implica la protección del derecho a presentarse efectivamente como candidatas en las elecciones, ejercer cargos y desempeñar cualquier función pública en todos los niveles de gobierno, entre otros.