Rumbo a la renovación de su dirigencia nacional, en el PAN califican de irracionales y excesivos los requisitos de la convocatoria

Crédito:prensa Mirelle Montes.
Crédito:Prensa Mirelle Montes.

Por José Manuel Ramírez

Los requisitos establecidos en la convocatoria para elegir al nuevo dirigente del Partido Acción Nacional (PAN) son excesivos, irracionales y limitan el derecho de los militantes a participar, señala el Juicio para la Protección de los Derechos Político Electorales del Ciudadano promovido   el pasado viernes 14 de septiembre ante el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) por Manuel Gómez Morin, Ernesto Ruffo Appel, José Luis Espinosa Piña y Mirelle Montes Agredano, en su calidad de aspirantes a la Presidencia y Secretaría General del Comité Ejecutivo Nacional del PAN, respectivamente.

 

Destacaron que la impugnación a la convocatoria emitida por la Comisión Organizadora Nacional de la Elección del Comité Ejecutivo Nacional del PAN (CONECEN) responde a la “desproporcionalidad en el porcentaje de apoyo”, pues se exige recabar el 10% de firmas de militantes del listado nominal de electores, se establece un máximo por entidad y se obliga a recabar firmas en más de 20 entidades. Ello resulta excesivo y poco sensato considerando que a un candidato independiente a nivel federal se le solicita un porcentaje menor. Por lo que exigieron que se declare la inaplicación del artículo 39 Reglamento del Comité Ejecutivo Nacional y los artículos de la convocatoria que se fundan en él.

 

Gómez Morin y Montes Agredano puntualizan en el documento presentado a los magistrados que también deben declararse improcedentes, los requisitos de porcentaje de apoyo de militantes y dispersión de éstos.

 

Mencionaron que también debe declararse improcedente la aplicación del artículo 20, párrafo 1 de la Convocatoria, con la finalidad de que puedan integrarse el uso de medios tecnológicos para agilizar y brindar certeza al recabar el apoyo de los militantes.

 

Explicaron que el documento emitido por la CONECEN contempla medidas restrictivas, pues a pesar de que se permite a los militantes votar con su credencial de elector o del PAN, en el caso de la recolección de firmas para apoyar a un aspirante, solamente se admite la credencial del INE, pues se exige la clave de elector. Ello resulta restrictivo e irracional, ya que limita los derechos de los militantes a participar.

 

Manuel Gómez Morin y Mirelle Montes Agredano enfatizaron que es necesario que el órgano electoral determine la ampliación del plazo para recabar el apoyo de los militantes, ya que el periodo establecido es “limitado”. Asimismo, le requirieron al TEPJF posponer la realización del proceso interno hasta que se garantice certeza en el padrón de militantes.

 

Gómez Morin y Montes Agredano en su calidad de aspirantes a la Presidencia y Secretaría General del Comité Ejecutivo Nacional del PAN, advirtieron que la convocatoria fue publicada para beneficiar a la planilla encabezada por Marko Cortés. Con lo que se presume “inequidad en el proceso” y “parcialidad” por parte de las autoridades encargadas de organizar y supervisar la renovación de la dirigencia.